El viernes 22 de abril el Congreso de los Diputados aprobaba la ley que permitirá casarse a personas del mismo sexo y adoptar niños. Como bien explica Malaprensa, todavía ha de recorrer ciertos trámites para entrar en vigor, pero allá por junio la ley saldrá publicada en el BOE.
La ley ha contado con la oposición de todas las confesiones religiosas representativas en España, excepto los musulmanes, que ven abierta así la posibilidad de aprobar la poligamia.
El mismo día en que fue aprobada en el Congreso, el cardenal López Trujillo, presidente del Consejo Pontificio para la Familia, afirmó:
«Una ley no tiene razón por el simple hecho de ser una ley», recuerda el purpurado. «No se pueden imponen cosas inicuas a los pueblos. Es más, precisamente porque son inicuas, la Iglesia llama con urgencia a la libertad de conciencia y al deber de oponerse».Esta objeción de conciencia, afirma el cardenal colombiano, afecta a «todas las profesiones que tienen algo que ver con la aplicación de esta ley: la misma objeción de conciencia que se pide a los médicos y enfermeros ante un crimen como el aborto».
«Todos los cristianos deben estar dispuestos a pagar el precio más elevado, incluyendo la pérdida del empleo», recuerda.
El cardenal se opone de manera particular a la medida que prevé la adopción de niños por parte de parejas homosexuales.
Recuerda que en 1989 las Naciones Unidas, en un importante congreso sobre la infancia, recordaron que en esta materia hay un principio fundamental: «que la adopción ayude a los niños no a quienes les adoptan».
«Los niños no son un juguete», subraya.
Acto seguido, la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, MTFDLV, replicó:
los funcionarios no podrán acogerse a la objeción ya que "han de cumplir las leyes que el parlamento aprueba en una sociedad democrática".Tras el Consejo de Ministros, Fernández de la Vega advirtió que "las leyes deben ser cumplidas por todo el mundo, pero sobre todo por los que prestan servicios en la función pública", recalcó.
La vicepresidenta recordó que el proyecto de 'matrimonio gay' no perjudica a nadie "y todos los ciudadanos van a poder constituir una familia con arreglo al derecho canónico o civil", en función de sus preferencias.
El Gobierno -dijo- "se mueve en la absoluta convicción y tranquilidad de cumplir los compromisos con los ciudadanos, de ser absolutamente respetuosos con la posición de todo el mundo (incluida la Iglesia católica)" y se felicita de que "ciudadanos que tenían derechos limitados" hoy gocen de acceso al matrimonio en condiciones de igualdad.
Izquierda Unida criticó:
"la llamada a la desobediencia civil" del Vaticano, una postura que "sitúa a la jerarquía eclesiástica al borde mismo del respeto a la ley".A juicio de Izquierda Unida, estas declaraciones evidencian el "anquilosamiento en el que viven los responsables de la jerarquía eclesiástica y su cada vez mayor alejamiento de la manera de sentir mayoritariamente respetuosa de sus propios fieles".
Y hoy mismo, el ministro de Justicia se expresó en estos términos:
el matrimonio entre homosexuales es un "contrato de derechos y obligaciones", "una relación civil regulada por el Parlamento", cuya aplicación por parte de los titulares de poderes públicos "no afecta a la libertad de conciencia, ni tiene nada que ver, ni con la religión, ni con ningún sacramento".Asimismo, en declaraciones a Punto Radio, López Aguilar ha asegurado que en España el matrimonio sacramental "esta salvaguardado".
El ministro afirmó que el estado de Derecho se rige por la ley que "nos obliga a todos", "pero sobre todo" a los titulares del poder público, a los responsables políticos y a los funcionarios que están "especialmente obligados por la ley".
El ministro recalcó que espera la normal aplicación de la ley porque "cuenta con el respaldo de la sociedad" y "no se comprendería que los funcionarios públicos esgrimiesen lo que es un prejuicio respecto de la aplicación normal de una ley".
El alcalde de Valladolid ya ha dicho que él no piensa celebrar esas bodas y el catedrático de Derecho Rafael Navarro Valls ha hecho unas interesantes consideraciones sobre el derecho a la objeción de conciencia. Navarro Valls ha escrito un libro sobre el tema, de modo que podemos decir que es un especialista. Pinchando en seguir leyendo se puede leer íntegro la entrevista, tomada de Zenit, en el que explica su postura.
Lo que me tiene francamente sorprendida es que personas presuntamente progresistas y defensoras de las libertades nieguen la libertad individual de oponerse a una ley desde la conciencia, de enfrentar la libertad del individuo al rodillo del Estado. Son los mismos que han apoyado la objeción de conciencia aplicada al servicio militar, son los que vieron muy valiente (yo también) el gesto de Katharine Gun cuando filtró los planes del Gobierno británico para espiar a varias delegaciones de la ONU.
Está visto que el mundo feliz con el que sueñan determinadas personas de izquierda consiste en una sociedad de borregos dóciles, dependientes del Estado, acríticos y manipulables.
Responde el catedrático Rafael Navarro Valls, autor de un libro sobre la materia
MADRID, lunes, 25 abril 2005 (ZENIT.org).- La aprobación en el Congreso de los Diputados español de la figura del «matrimonio entre personas del mismo sexo», ha producido reacciones muy variadas. Organismos jurídicos de la máxima solvencia (Consejo de Estado, Consejo del Poder Judicial, Real Academia de Jurisprudencia y Legislación etc.) han manifestado su disconformidad con la medida.
Por otro lado, organizaciones ciudadanas han planteado una iniciativa parlamentaria popular contraria a la ley, la práctica totalidad de las confesiones religiosas han manifestado su disconformidad con la medida legal, y acaba de sugerirse el eventual ejercicio del derecho constitucional de la objeción de conciencia, en el caso de que la ley fuera aprobada definitivamente tras su paso por el Senado.
En relación con esta última cuestión Zenit ha entrevistado a un experto en objeción de conciencia. Rafael Navarro Valls, en efecto, es Catedrático de la Universidad Complutense y autor del libro «Las objeciones de conciencia» (escrito con el profesor Javier Martínez Torrón), que obtuvo para España el premio Arturo Carlo Jemolo, concedido por Italia al mejor libro sobre esta materia.
--¿Por qué la objeción de conciencia es una institución en expansión?
--Rafael Navarro Valls: En materia de objeción de conciencia se ha producido un big-bang jurídico. Desde un pequeño núcleo --la objeción de conciencia al servicio militar-- se ha propagado una explosión que ha multiplicado por cien las modalidades de objeciones de conciencia. Así, han aparecido en rápida sucesión la objeción de conciencia fiscal, la objeción de conciencia al aborto, al jurado, a los juramentos promisorios, a ciertos tratamientos médicos, la resistencia a prescindir de ciertas vestimentas en la escuela o la Universidad, a trabajar en determinados días festivos y un largo etcétera. La razón estriba en el choque --a veces dramático-- entre la norma legal que impone un hacer y la norma ética o moral que se opone a esa actuación. Si a eso se une una cierta incontinencia legal del poder, que invade campos de la conciencia, se entiende la eclosión de las objeciones de conciencia. Recuérdese que, en España, la causa más de fondo que llevó a la instauración de un sistema de ejército profesional fue la cascada de objeciones de conciencia, que acabó dinamitando (con el aplauso de los partidos políticos) el sistema de servicio militar obligatorio.
--La posible aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo ha planteado también la posibilidad de la objeción de conciencia de los jueces encargados del registro civil y de los alcaldes y concejales llamados a autorizar esos matrimonios. ¿Tiene base legal esta posibilidad?
--Rafael Navarro Valls: La cobertura legal con la que cuentan estos hipotéticos objetores es abundante. El Tribunal Constitucional español ha dicho en su sentencia de 11 de abril de 1985 (fundamento jurídico 14): «la objeción de conciencia existe y puede ser ejercida con independencia de que se haya dictado o no tal regulación. La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocida en el art. 16.1 de la Constitución».
A su vez, la Constitución europea (aprobada por España en referéndum) expresamente reconoce la objeción de conciencia a nivel de derecho fundamental en el artículo II-70. También el Convenio Europeo de Derechos Humanos (art. 9) y un largo etcétera de leyes y sentencias. Por ejemplo, el Tribunal Federal Norteamericano ha denominado a la libertad de conciencia «la estrella polar» de los derechos.
--Antes de la objeción de conciencia, los funcionarios llamados a la celebración de esas uniones ¿tendrían alguna otra opción?
--Rafael Navarro Valls: Los jueces encargados del registro Civil (que son los que mayoritariamente intervienen en la celebración de matrimonios) pueden plantear, ante todo, la llamada objeción de legalidad ante el Tribunal Constitucional. No hay que olvidar que el art. 35 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que cuando un juez considere que una norma con rango de ley aplicable al caso pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional. Así, pues, nos encontramos ante una primera objeción que parte del convencimiento por parte del juez de que tal norma (en este caso, la ley que autoriza el matrimonio entre personas del mismo sexo) no se adapta al marco de la Constitución. Esta posición no sería temeraria, si tenemos en cuenta que organismos de solvencia (Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España, Consejo del Poder Judicial y Consejo de Estado) han planteado, directa o indirectamente, dudas acerca de la constitucionalidad de la reforma legal en marcha. En concreto, la Real Academia de Jurisprudencia ha recalcado que la Constitución española establece una «garantía institucional» a favor del matrimonio heterosexual. La existencia de una garantía institucional determina la inconstitucionalidad de las eventuales normas que tuvieran por objeto suprimir la susodicha institución o la de aquellas que la vacíen de su contenido propio.
--¿Y tendrían derecho a plantear una verdadera objeción de conciencia?
--Rafael Navarro Valls: Además de la objeción de legalidad, cabría efectivamente la estricta objeción de conciencia. Es decir, la posición de quien comunica a su superior (ya sea juez encargado del registro civil, alcalde o concejal) los escrúpulos de conciencia respecto a la celebración del matrimonio entre personas del mismo sexo y la consiguiente negativa, por razones de conciencia, de intervenir en la celebración de esas uniones.
El derecho comparado conoce supuestos de objeción de conciencia de funcionarios, que han sido aceptados por el legislador o la jurisprudencia. Por ejemplo, en Norteamérica la Corte de Distrito de Columbia en el caso Haring resolvió el siguiente supuesto. Paul Byrne Haring, funcionario del Servicio Interno de Rentas Públicas (IRS) se negaba habitualmente a calificar las peticiones de exención de impuestos de organizaciones que practicaban el aborto, pasándolas a otros compañeros del Servicio. Cuando le correspondió ascender, el IRS se lo negó aduciendo que su ejemplo podría «seducir» a otros funcionarios. El Tribunal dio la razón a Haring estableciendo: 1) El IRS, como cualquier otra empresa, debe acomodarse a los disentimientos de sus empleados basados en razones de conciencia; 2) Tales conductas, cuando no son dañinas para el Estado, pues pueden llevarlas acabo otros funcionarios, han de ser protegidas, ya que «la libertad no está limitada a las cosas que parecen importantes: eso sólo sería una sombra de libertad».
En el concreto caso de uniones de homosexuales, Dinamarca ha introducido en su ley de «parejas de hecho» (prácticamente idéntica a las leyes que introducen el matrimonio entre homosexuales) cláusulas para defender la conciencia de concretas personas que pueden intervenir en esas uniones. Así, excluye a las uniones de homosexuales de la libertad de elección, vigente en Dinamarca para el matrimonio heterosexual, entre una celebración religiosa o civil. Precisamente para que los pastores de la iglesia luterana oficial (que tienen condición equiparable a los funcionarios) no se vean compelidos a intervenir en la celebración de esos matrimonios. Y en el proceso de divorcio entre parejas homosexuales, al que se aplica el mismo procedimiento que para el matrimonio heterosexual, no se puede solicitar (como expresamente se prevé en la disolución de matrimonio heterosexual por divorcio) la mediación de un clérigo luterano para intentar la reconciliación entre los partners. Son medidas que el propio legislador prevé, adelantándose a actitudes que, la oposición a la ley en el trámite de su elaboración, ha manifestado como muy posibles.
En todo caso, no es de recibo intentar disuadir a los objetores haciendo referencias amenazadoras «a la obligación de cumplir las leyes». Entre otras razones, como autorizadamente se ha dicho, «porque la ley, y su aplicación, están sujetos al respeto a los derechos fundamentales». Entre ellos el de libertad de conciencia. No se olvide que, cuando por estrictas razones de conciencia, se pone en marcha un mecanismo de base axiológica contrario a una ley, estamos ante planteamientos muy distintos de quien transgrede la ley para satisfacer un capricho o un interés bastardo. En el primer caso, el respeto al objetor paraliza los mecanismos represores de la sociedad. Por lo demás, siempre cabe la posibilidad de que celebre la unión objetada otro juez, alcalde o concejal otros funcionarios de idéntica condición cuya conciencia no se vea alterada ante esa celebración.
Comentarios (39)
Recomiendo que se lean "Antígona" de Sófocles.
Escrito por mònica | Abril 26, 2005 12:14 PM
Posted on Abril 26, 2005 12:14
La madre que te parió, Montse, te me has adelantado por media hora... ¿y ahora qué hago con mi artículo? ;-P
Pos te lo pego aquí, hala.
- Vamos a decir chorradas -
El alcalde de Valladolid, primero del PP que se negará a celebrar bodas gay en su Ayuntamiento
http://www.abc.es/abc/pg050426/prensa/noticias/Sociedad/Sociedad/200504/26/NAC-SOC-077.asp
No os perdáis lo que dijo Álvaro Cuesta, secretario de Política Municipal y Libertades Públicas del PSOE: que el Vaticano viene a plantear una especie de «insurrección civil» al sugerir a los funcionarios que se acojan a la objeción de conciencia para no participar en la celebración de bodas entre personas homosexuales. Cuesta dijo que la sugerencia del Vaticano es «un ataque al principio de legalidad. Plantearse una inexistente objeción de conciencia sobre las leyes civiles ampliatorias y no restrictivas de derechos (en referencia al matrimonio gay), es tanto como sostener la insurrección civil, tanto como sostener que por encima del órgano que representa a la soberanía y al pueblo español, están otras jerarquías de distinta naturaleza, es tanto como defender la Teocracia y supone un ataque al principio de legalidad, es decir, a la esencia del sistema democrático», afirmó.
Alguien debería darle unas clases de Derecho Civil y Constitucional para que se ilustre sobre el significado de "objeción de conciencia", "libertad de creencias", "principio de legalidad", "teocracia" (para esto, unas clases de Filosofía e Historia), y "sistema democrático". Sobre todo creo que está un poco "pez" en democracia y libertades, lo cual me asombra viniendo del "secretario de libertades públicas"... Por ejemplo:
Objeción de conciencia
http://www.ilustrados.com/publicaciones/EpypupFkuAxoTxjFfN.php (una traducción no muy buena, pero que explica bien que nuestro ordenamiento jurídico ya reconoce la existencia de "otras jerarquías de distinta naturaleza" por encima del "órgano que representa a la soberanía", que no al pueblo español puesto que parte de él objeta, así que nada de "ataque al principio de legalidad")
Argumento aparentemente en "contra": artículo 29 de los Derechos Humanos, que dice "en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática". Pero eso significa tan sólo respetar las leyes, no la obligación de ejecutar -como individuo- acciones legales en contra de la propia moral.
Libertad de creencias
http://www.generacionxxi.com/temas/libertad.html (muy buen artículo, breve y claro)
Principio de legalidad... me da tanta vergüenza ajena que no voy a dar enlaces. Para que se comprenda: no hay delito sin ley. ¿Está prohibida la objeción de conciencia en España? No. Entonces, que una autoridad pretenda impedirla SI que es (o puede ser) una vulneración del principio de legalidad. Hasta yo lo entiendo, que no soy abogado... ;-)
Teocracia
http://es.wikipedia.org/wiki/Teocracia (este breve artículo describe el Vaticano como ejemplo, lo cual es cierto; y queda también en evidencia que defender la objeción de conciencia u opinar sobre una ley injusta no es "una forma de gobierno en que los líderes gubernamentales coinciden con los líderes de la religión dominante")
Sistema democrático
http://antalya.uab.es/liniguez/Materiales/013.pdf Cojonudo trabajo sobre la legitimidad del "sistema democrático" y los conceptos populares que se tienen sobre el mismo. Largo pero instructivo. Recomendable para secretarios de libertades públicas con problemas.
Escrito por Andres Peral | Abril 26, 2005 12:58 PM
Posted on Abril 26, 2005 12:58
El dilema de Antígona es diferente al de este caso aunque filosóficamente sugiere el mismo problema: el conflicto en el individuo entre las normas sociales y las normas éticas individuales. Es diferente porque para Antígona no hay espacio social para ejercer su derecho a la objección; aquí el problema es si se puede establecer ese espacio de protección, es decir, cuál es el derecho superior si el derecho del administrado a ejercer su voluntad conforme a las leyes o el del funcionario a negarse por motivos de conciencia.
Es un problema que desde mi ignorancia considero complicado porque apunta al problema clásico de derechos individuales vs. derechos colectivos en un campo especialmente obligado como es el de la función pública. Igualmente la objección de conciencia indiviudal entra en conflicto con el respeto al ordenamiento jurídico como norma suprema de conducta válida para todos los ciudadanos. ¿Permitiríamos, por ejemplo, que alguien no pagara impuestos por objección de conciencia? ¿cuán fundada debe ser esa conciencia porque para mi no sería de recibo que un funcionario se negare a darme el formulario del DNI porque creyere que ese tipo de procedimientos son estalinistas? ¿qué pasaría si un policía se negara a detener inmigrantes porque eso atenta con sus creencias? Etc.
Mi opinión es que el Estado debería proteger especialmente el derecho de los homosexuales a casarse respetando al mismo tiempo la posible objección de conciencia de funcionarios individuales. Más que nada porque en la práctica se respetan ambos derechos evitando confictos gratuitos. Tengo además la sensación de que con el tiempo el nivel de objecciones de conciencia al respecto serían anecdóticas pues en definitiva no es tan grave a mis ojos como otros casos de objección de conciencia más dramáticos relacionados directamente con la vida/muerte (la participación en un ejército, el del médido que podría intervenir en un aborto, el del farmacéutico que podría administrar píldoras abortivas, etc.).
Por otra parte se debería separar el problema del matrimonio religioso de la casuística del matrimonio civil (y no entrar en la habitual batalla nominalista sobre si llemar a los matrimonios homosexuales uniones civiles y otros artefactos léxicos). Si el conjunto de la ciudadanía considera que las uniones homosexuales deben equipararse a las heterosexuales en derechos no veo por qué debe negarse esa idea. Antes bien, a mi juicio aquí había un claro ejercicio de rodillo social en la que un grupo mayoritario negaba derechos a una minoría quebrando el principio de igualdad ante la ley.
Dicho todo ello, insisto en mi ignorancia legal y quedo a la espera que alguien con mayor ciencia que la mía me ilumine.
Escrito por Pantagruel | Abril 26, 2005 1:06 PM
Posted on Abril 26, 2005 13:06
Jos, menos mal que me he adelantado. ;o)
Escrito por Montse | Abril 26, 2005 1:20 PM
Posted on Abril 26, 2005 13:20
Quisiera subrayar la importancia del argumento del ministro de Justicia. El funcionario público no es cualquier individuo del cuerpo social pues es precisamente aquel que se encarga de ejecutar las leyes no tanto en nombre suyo como de toda la sociedad.
En otros asuntos que conozco más de cerca, como en el campo de la enseñanza, la doctrina legal insiste en que se debe considerar superior el derecho del ciudadano (en nuestro caso el derecho del niño) a las consideraciones éticas y morales del profesor concreto o de un centro determinado. Por volver a un campo que nos es común, en el caso de que una asignatura sobre historia de las religiones fuera obligatoria el profesorado de un centro debería respetarla e impartirla con neutralidad y profesionalidad independientemente de que todo el claustro sin excepción fueran unos ateos anticlericales; no habría objección de conciencia posible. Ídem para las polémicas aplicaciones de las Leyes de Normalización Lingüística. Si alguien quiere recibir un impreso en vasco, catlán, gallego, valenciano o español por mucho que se empeñen las particulares opiniones políticas del funcionario de turno debe poder recibirlo y no puede hacer uso de la conciencia para negarse a cumplir con la ley.
Quisiera insistir en ello porque al aludir a la posibilidad de objección de conciencia en el funcionariado se está entrando en un conflicto de intereses y derechos administrado-administrador complejo. Yo lo percibo claramente e insisto en que no soy jurista ni especialista. Y ello a pesar de las alegres declaraciones de tirios y troyanos.
En mi humilde opinión yo optaría por un criterio pragmático si el nivel de objecciones de conciencia fuera minoritario ya que la Administración podría sin problemas asegurar la ejecución del derecho del homosexual a casarse. Ahora bien, la cosa sería realmente de Tribunal Constitucional si el ejemplo campa y no estoy nada seguro de cuál sería la doctrina que se aplicaría.
Un saludo.
Escrito por Pantagruel | Abril 26, 2005 3:09 PM
Posted on Abril 26, 2005 15:09
En un estado aconfesional, el primer derecho que impera es el de la ley. A pesar de que no esté de acuerdo en la forma y la falta de debate antes de formalizar el "matrimonio homosexual", diré que prima el derecho, a partir de su aprobación, de que una pareja de homosexuales sea casada por el funcionario de turno por encima de su posible objeción de conciencia. Si una persona en concreto manifiesta una objeción de conciencia, debe haber de inmediato otra que haga efectivo el derecho de la pareja de homosexuales a legalizar su casamiento. Si no la hubiera, ese funcionario tendrá que renunciar a su derecho por el derecho del otro que en un estado aconfesional tiene preferencia. Cualquier otra opción es el caos social y la desobediencia civil contra una ley aprobada por mayoría en el Congreso de los Diputados. Si católicos, musulmanes, judíos, ortodoxos, protestantes... apelaran a su conciencia para no cumplir las diferentes leyes o normas sociales, viviríamos en un estado intervenido religiosamente. Un funcionario no puede parapetarse en esa conciencia para juzgar a otras dos personas adultas que libremente deciden hacer uso de su actual derecho. Es una cuestión de esas dos personas que en nada afecta al funcionario, a su persona, ni a sus principios. Si yo apelara a mis principios morales o religiosos cada vez que otras personas actúan de forma inadecuada para mi parecer, estaría boicoteando la mitad de las actividades de la sociedad. Y eso no es posible, ni conveniente, ni democrático.
Escrito por Luis Amézaga | Abril 26, 2005 3:16 PM
Posted on Abril 26, 2005 15:16
Luis, los derechos son de las personas, no de la ley. La ley no tiene derechos.
Sólo en el caso en el que hubiera una colisión de derechos (que nadie quisiera "casar" a esa pareja) se plantearía un conflicto. Aconfesional no quiere decir avasallador, que sería el caso si pasara por encima de las conciencias de los ciudadanos. Lo explica muy bien Navarro Valls.
Como se ve en la entrevista, cita el caso de varios países que sí respetan esa objeción de conciencia.
La objeción de conciencia nos beneficia a todos, porque asegura la libertad de las conciencias ante un Estado omnipotente y omnipresente. Es la mejor garantía de que, por ejemplo, no se darían casos de obediencia debida si una perversión generalizada en las leyes, algo que ya ha pasado en Europa muchas veces en el siglo pasado.
Escrito por Montse | Abril 26, 2005 4:20 PM
Posted on Abril 26, 2005 16:20
Luis, Pantagruel... Estoy de acuerdo en vuestras cuestiones, pero estamos ante una ley que afecta a un elemento básico... perdón, al elemento más básico de la sociedad, y en el mejor de los casos (suponiendo que todos los millones de votantes del PSOE estuvieran 100% de acuerdo, que es mucho decir), es sólo una mayoría simple la que está imponiendo un cambio de una enorme magnitud al resto de la sociedad, a la institución principal de la sociedad. No es sólo una cuestión de derechos individuales; ojalá. Se trata de algo que va más allá de la no discriminación de colectivos minoritarios. Eso no se impone con una ley apoyado en una mayoría mínima, cuando además se podría haber resuelto con una ley de parejas de hecho.
Los funcionarios deben ser los más obligados a la hora de cumplir una ley de este tipo, sí; pero en última instancia prevalece su conciencia, y es un derecho constitucional. Aunque eso significara el caos social -llevando las cosas a un extremo lejano-, la preeminencia de derechos también me parece evidente, y tampoco soy jurista. Dudo mucho que en un tema como éste se produjera caos social si el Gobierno, en vez de cuidar su imagen, simplemente actuara en consonancia con el sentido común, o al menos, con base en una verdadera demanda social de una gran mayoría. Pero cuando se va en contra de la lógica, estás cogiendo todas las papeletas en el sorteo de la contestación social, la "insurrección civil" y la protesta.
Como vosotros, soy partidario del pragmatismo, pero ¿por qué ser pragmáticos "a posteriori"? ¿Por qué no se hacen las cosas bien desde un principio, desde antes de meter la pata hasta el cuello? Fijaros: bastaría con que hubieran sacado el tema poco a poco, con sentido común, con debate, con consenso; con polémica también. A mí particularmente me seguiría pareciendo un tremendo error que se aprobara, pero estoy acostumbrado a que las mayorías "mal informadas" (en mi opinión, insisto) impongan sus errores a los demás. Al menos, se estaría respetando -de algún modo- la voluntad de la mayoría; menos da una piedra. Pero este "matrimonio" gay es una imposición por mucho que se desgasten la lengua ante los micrófonos repitiendo lo de que hay una demanda social amplia... que sólo ellos detectan con tanta claridad. Leches, me monto un partido político, gano por la mínima, me coaligo con cuatro interesados y luego cambio el Código Civil como me apetezca ese día: prohíbo el matrimonio en favor de las uniones al azar, impongo las comunas, y decreto el derecho de las personas a no tener que rellenar ningún formulario de la Administración. Os juro que puedo afirmar sin ningún género de dudas que cuento con un amplio respaldo popular ante tales medidas, ¿a que sí? Pues eso. ;-)
Escrito por Andres Peral | Abril 26, 2005 4:31 PM
Posted on Abril 26, 2005 16:31
Creo que estamos ante un asunto en el que sacar punta al lápiz es divertido a la par que interesante.
Como apuna Luís el derecho a la objección de conciencia debe ser más una excepción que una norma para el funcionariado. Creo que él avanza un punto que desde el sentido común sirve para desbloquear la argumentación: el que el funcionario sea directa y personalmente involucrado en la acción que el Estado propone. Ejemplo de libro, el del médico que por razones de conciencia se niega a practicar un aborto; el Estado exige que sea él y no otro el que cometa el crimen. Es un ejemplo meridiano de imposición violenta de la voluntad de Estado sobre los criterios morales del individuo. Ahora bien en el caso que nos ocupa el funcionario no resulta implicado porque ni él es el que se casa (la acción no le implica) ni a sus ojos ese matrimonio tiene relevancia moral porque para eso está el matrimonio religioso (en puridad ningún católico está casado si sólo cumple con el trámite civil). Por tanto y aun respetándolo, me parece una exageración apelar a la objección de conciencia del funcionario en este caso.
Escrito por Pantagruel | Abril 26, 2005 5:17 PM
Posted on Abril 26, 2005 17:17
A mí, como a Montse, lo que más me admira es la duplicidad de criterio según sea el asunto al que aplicar la "objeción de conciencia". Sin entrar en el detalle de la discusión, siempre he pensado que cualquier ley susceptible de motivar una "objeción de conciencia" razonada es por principio una mala ley.
Escrito por Manel | Abril 26, 2005 6:10 PM
Posted on Abril 26, 2005 18:10
La invocación del artículo 16 de la Constitución Española no es por sí misma suficiente para eximir a los ciudadanos del cumplimiento de deberes constitucional o legalmente establecidos (SSTC 15/1982, 101/1983, 160/1987, 161/1987, 321/1994 y ATC 1227/1988): Sólo cuando sea admitida la objeción de conciencia a un deber concreto podrá invocarse válidamente el derecho a la libertad ideológica como causa de exención al cumplimiento de un deber. Desde este planteamiento, no existiendo un derecho genérico a la objeción de conciencia sino que tal objeción se halla en principio limitada al art. 30 de la Constitución Española, y estando los funcionarios públicos en una relación llamada de sujeción especial (que les obliga a un deber de obediencia a sus superiores), no podrán acogerse a ella.
Contrariamente a lo que afirma Navarro Valls, la negativa a realizar la conducta futuramente ordenada (participar en la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo) no es equiparable a la objeción de conciencia de los médicos a practicar abortos (abordado, si bien muy tangencialmente, en la STC 53/1985, FJ 14): la concurrencia de creencias religiosas en dicha objeción sería muy discutible y, en todo caso, la conducta a la cual se negarían no se refiere a un derecho fundamental de terceras personas como en el caso de la negativa al aborto (el derecho a la vida del art. 15 CE, que sí está implicado en la objeción de conciencia al aborto), salvo eventualmente el caso excepcional de que los contrayentes fueran a morir si se casan, auténtico caso de laboratorio.
Escrito por Manu | Abril 26, 2005 9:57 PM
Posted on Abril 26, 2005 21:57
Esta ley, como muchas otras, no impone nada porque los derechos de los matrimonios heterosexuales no se van a ver afectados en nada. El que impone es aquel que por no opinar igual evita a otros ejercer sus derechos desde instituciones públicas. Esta es la auténtica imposición: si no piensas como yo impediré que ejerzas tus derechos. Creo que la Objeción de Conciencia tiene tanto derecho a poder ejercerse como los ciudadanos a reclamar sus derechos.
Escrito por Swinganova | Abril 26, 2005 10:41 PM
Posted on Abril 26, 2005 22:41
Tengo un problema con todo esto: ¿por qué los funcionarios católicos no tienen que ejercer la objeción de conciencia también ante la celebración de un matrimonio civil cualquiera?
Que yo sepa, la iglesia no los reconoce, y piensa que aquellos que se casan por lo civil viven en pecado.
Y qué decir del divorcio. ¿No deberían los jueces católicos negarse a resolver casos de divorcio?
Puestos a pensar en la "destrucción de la familia" (tal y como la suelen entender los católicos) creo que el divorcio ha hecho mucho más por ella que lo que puedan hacer unos pocos matrimonios entre personas del mismo sexo.
Escrito por Josu | Abril 27, 2005 10:16 AM
Posted on Abril 27, 2005 10:16
La distinción es fácil, Josu, el matrimonio civil es plenamente válido para los no bautizados, nadie se mete en cómo se case una persona no bautizada. Idem el divorcio.
Pero el matrimonio de dos personas del mismo sexo es acompañarles en la institucionalización de un contrasentido que va contra la naturaleza humana y que, además, tiene efectos legales sobre terceros, los posibles adoptados.
Escrito por Montse | Abril 27, 2005 10:45 AM
Posted on Abril 27, 2005 10:45
Montse creo que ya discutimos otra vez sobre si la homosexualidad era contranatura o no y mi consideración de que sobretodo era un hecho eminentemente cultural (a pesar de que no deba ser descartado cierta base biológica); he tratado de encontrar el post (u otros en que ya se trató el tema) y sólo me tropecé con un offotpic con Andrés (http://www.internetpolitica.com/movabletype/esnuevo.cgi?entry_id=161). Independientemente de la consideración que nos merezca la homosexualidad, creo que tacharla de antinatural es un juicio moral y desde un punto de vista liberal los juicios morales no deberían afectar al ordenamiento legal. Hasta donde he leído en liberalismo.org es un punto disputado entre los liberales españoles lo que aún subraya en mi opinión que no está nada claro que debamos juzgarlo como antinatural así sin más (por mucho que la doctrina católica oficial sea clara en este punto como es igual de clara y contraria al respecto otras confesiones cristianas).
Cosa bien distinta es el asunto de las adopciones. Con la actual legislación en mano el matrimonio homosexual no causa per se ningún daño a terceros pues la adopción depende de una legislación específica. Por otro lado y como también se ha señalado en otros sitios, las uniones homoparentales están constituyendo familias con hijos ( bien sea porque los heredan de pasadas familias heterosexuales bien sea porque las lesbianas pueden biológicamente y las gays adoptando como solteros). La cuestión es que deberíamos contar ya con evidencias empíricas sobre si estas familias heteroparentales perjudican o no el desarrollo intelectual de los niños. Mi impresión, totalmente carente de base, es que todo depende de la familia en cuestión y el contexto en el que vive: una familia homoparental en una ciudad como Barcelona o Madrid con poder adquisitivo aceptable y una situación afectivamente estable puede sostener una familia con niños con el mismo éxito que sus pares heterosexuale; por el contrario la misma familia con menos recursos en un contexto hostil puede tener problemas con sus hijos.
No me parece por último tan fácilmente rebatible el argumento esgrimido por Josu. Un católico coherente y oservante de la doctrina debería negarse tanto a oficiar matrimonios civiles como matrimonios homosexuales porque con su acción estaría legitimando una convivencia que a ojos de la Iglesia es pecaminosa en ambos casos. De lo contrario se arriesgaría a ser tachado de hipócrita.
Escrito por Pantagruel | Abril 27, 2005 1:00 PM
Posted on Abril 27, 2005 13:00
Pantagruel, sólo un pequeño apunte, un matiz más que nada: casarse por lo civil (y nada más que por lo civil) no creo que sea pecado per se... si no se es católico, claro. Así que un alcalde o edil católico -creo- puede sin problemas realizar una ceremonia matrimonial civil, es decir, ejercer una función notarial y administrativa en una unión matrimonial, una institución básica del ser humano, desvinculada de cualquier religión pero aun así esencial para la sociedad, porque no va a entrar en la intimidad de los motivos y creencias del que solicita este trámite civil. No va a preguntarle a los novios si son católicos o no, o si piensan casarse por la Iglesia, sería una falta de respeto porque no es asunto suyo. Sé relativamente poco de este tema, así que igual me equivoco, pero creo que es tal que así.
Escrito por Andres Peral | Abril 27, 2005 1:55 PM
Posted on Abril 27, 2005 13:55
No, no Patagruel, un funcionario católico no se puede meter en el caso de un matrimonio civil por lo que he explicado antes: es un procedimiento absolutamente válido de contraer matrimonio para personas no católicas, la exigencia del matrimonio canónica, evidentemente, es sólo para católicos.
Hay que distinguir en la norma moral lo que es moral natural -y ahí está la práctica homosexual- y lo que son las normas que se concretan en preceptos que atañen a los católicos, por ejemplo ir a Misa los domingos o casarse por la Iglesia. Nunca se ha pretendido que estos segundos, los preceptos católicos, se hagan extensivos a toda la población.
El aborto es un mal, para todos; el matrimonio homosexual también, para toda la sociedad. Nadie les hubiera impedido legalizar mediante uniones civiles un modelo de convivencia que muchos podemos no aprobar, pero identificar ese modelo de convivencia con el matrimonio y hacerlo pasar por lo mismo es un desatino.
Escrito por Montse | Abril 27, 2005 2:09 PM
Posted on Abril 27, 2005 14:09
Estoy totalmente de acuerdo con la desobediencia civil, hace ya bastantes años, que me niego a pagar un duro a la iglesia catolica ( por extensión a ninguna otra ).
La religión para quien la paga. Deberian aprender de los paises anglosajones, cada socio se paga su pastor.
Escrito por Cere Gumil | Abril 27, 2005 3:11 PM
Posted on Abril 27, 2005 15:11
Verás, Montse, no quiero parecer más impertinente de lo que ya creo que estoy siendo. Pero aún así debo hacer dos matices; con respeto y sin acritud, naturalmente :-)
1. En mi opinión no hay moral natural y moral cultural; por tanto, esta distinción a mis ojos carece de solidez.
2. Es cierto lo que indicas: para un no-católico el matrimonio civil es totalmente válido. Ahora bien, teniendo en cuenta el criterio que es católico todo aquel bautizado y sabiendo de cierto que parejas bautizadas contraen matrimonio civil, ¿qué sucedería con el funcionario que en ejercicio de su objección de conciencia se negara a conceder el matrimonio civil a una pareja bautizada? ¿debería exigirirse un certificado de apostasía como en otros lares para que el funcionario conociera si puede concederles el matrimonio civil o en virtud de su conciencia objetar? ¿y qué haría el mismo funcionario con los divorciados casados religiosamente que piden un nuevo matrimonio?
3. Creo que en algunas cosas se cae en un nominalismo absurdo. Si tienen los mismos derechos que un matrimonio civil y acceden a las mismas obligaciones y deberes ¿por qué llamarlo unión civil? En fin, ¿si la denotación es la misma, porqué el signo lingüístico es distinto? ¿preferencia por la diversidad léxica? ¿En qué se diferenciaría el modelo de convivencia de una unión civil homosexual del modelo de convivencia del matrimonio heterosexual?
4. El problema del aborto es radicalmente distinto de problema de la solución convivencial homosexual. Acudiendo a un principio tan areligioso como el del derecho a la vida de todo ser humano y considerando que hay vida humana desde la concepción tengo más que suficiente para que se comprenda la abominación del aborto. Y francamente, el derecho a la vida de cualquier criatura es bastante contrario a la marcha de las cosas en la naturaleza.
Escrito por Pantagruel | Abril 27, 2005 4:35 PM
Posted on Abril 27, 2005 16:35
Pues yo sigo sin entenderlo.
Por un lado, si yo fuera homosexual estaría a favor de la objeción de conciencia de los funcionarios, siempre y cuando me garantizaran otro funcionario que estuviera dispuesto a casarme. Es decir, la objeción de conciencia me aseguraría que el que va a oficiar el matrimonio no está en contra de mi homosexualidad y no me soltará una arenga en contra la homosexualidad, estropeándome la boda. Vaya, independientemente de las elucubraciones filosóficas, teológicas o legales que se le puedan hacer, me parece de sentido común.
Por otro lado, la frase exacta del cardenal López Trujillo es «todos los cristianos deben estar dispuestos a pagar el precio más elevado, incluyendo la pérdida del empleo». O sea, que no amenacen con que si objectan perderan el empleo, porque la propuesta ya está contemplada explícitamente.
Finalmente, cuando la ciencia no puede demostrar nada, interviene la opinión y, por consiguiente, la política. Es decir, al legislar sobre el matrimonio homosexual, los políticos están opinando que es del mismo rango que un matrimonio heterosexual (puesto que la ciencia no ha demostrado que la homsexualidad sea - o no - una "enfermedad" o "desviación"). Es, por lo tanto, una ley basada en la opinión, no en un hecho indiscutible, por lo que hay que respetar la opinión de las personas que opinan de otro modo, aunque sea contraria a la tuya e incluso aunque sean funcionarios. ¿o acaso un funcionario no es una persona?
Escrito por mònica | Abril 27, 2005 5:19 PM
Posted on Abril 27, 2005 17:19
Pantagruel, creo que hay una incoherencia en lo que planteas. Si no hay moral natural, tampoco el aborto es un mal objetivamente, dependerá de las circunstancias.
Con respecto al matrimonio civil, aunque a mí me conste que ese señor y señora son católicos que se van a casar en quintas nupcias, la conciencia no me pide impedir un mal a base de cualquier medio. Es decir, yo no tengo que intervenir, como si fuera Dios, en la vida de todo quisque que me rodea poniéndole obstáculos para tomar sus decisiones.
En este caso se trata de la cooperación a construir un mal social con efectos posibles sobre terceros (adoptados). Es decir, esto no es sólo cuestión de palabras y eso que las palabras son muy importantes. Es la equiparación legal de cualquier tipo de convivencia con el matrimonio, porque yo sigo sin entender qué problema hay en aceptar el incesto, la poligamia y la poliandria si el matrimonio de dos personas del mismo sexo es válido.
El matrimonio es el núcleo de la familia, única organización social natural del ser humano. Lo demás es prescindible o cambiable pero la familia es lo imprescindible para socializar a la persona. Si la socialización ahora no es con una madre y un padre sino con dos madres o dos padres, el núcleo de la base social se rompe.
Esto va a tener consecuencias (ya las está teniendo en algunos sitios) sobre la enseñanza. Por ejemplo en preescolar ya se está planteando y no es broma, que los niños han de ser educados en que hay familias de dos padres y dos madres.
En la época cercana a la adolescencia se les va a adoctrinar sobre la conveniencia de cuestionar su orientación sexual. Tampoco es broma, se está haciendo en otros países y se está haciendo en España a espaldas de los padres.
Se cuestiona totalmente la antropología sobre la que está fundada nuestra sociedad, no es un asunto menor e intrascendente. Posiblemente haya muy pocas bodas homosexuales porque el colectivo está muy poco interesado, habitualmente, en casarse. Es el modelo de sociedad el que está en cuestión y a ese modelo de sociedad es al que se invita a defender mediante la objeción social, es necesario mostrar rechazo a la imposición de modelo familiar y social que implica esta ley.
Escrito por Montse | Abril 27, 2005 5:43 PM
Posted on Abril 27, 2005 17:43
Montse,
¿Consideras a los homosexuales como "tarados"?
"La distinción es fácil, Josu, el matrimonio civil es plenamente válido para los no bautizados, nadie se mete en cómo se case una persona no bautizada. Idem el divorcio.
Pero el matrimonio de dos personas del mismo sexo es acompañarles en la institucionalización de un contrasentido que va contra la naturaleza humana y que, además, tiene efectos legales sobre terceros, los posibles adoptados."
El matrimonio entre personas del mismo sexo va a tener la misma categoría que el actual matrimonio civil. Para la Iglesia católica ha de tener la misma consideración que los matrimonios civiles entre un hombre y una mujer.
El matrimonio civil es una institución sujeta a evolución legal.
"El aborto es un mal, para todos; el matrimonio homosexual también, para toda la sociedad. Nadie les hubiera impedido legalizar mediante uniones civiles un modelo de convivencia que muchos podemos no aprobar, pero identificar ese modelo de convivencia con el matrimonio y hacerlo pasar por lo mismo es un desatino. "
Para tí y para una minoría de españoles es un mal el matrimonio entre personas del mismo sexo. Para la mayoría es un gran paso para reconocer un derecho civil a personas discriminadas.
Respecto a la adopción claro que tiene efectos legales. Habrá menos menores desamaprados.
"Pantagruel, creo que hay una incoherencia en lo que planteas. Si no hay moral natural, tampoco el aborto es un mal objetivamente, dependerá de las circunstancias."
Efectivamente.
Y para finalizar, creía que nadie podía ganar por el lado integrista a Cristina López Schlichting. Me equivocaba...
Mónica,
"Por otro lado, la frase exacta del cardenal López Trujillo es «todos los cristianos deben estar dispuestos a pagar el precio más elevado, incluyendo la pérdida del empleo». O sea, que no amenacen con que si objectan perderan el empleo, porque la propuesta ya está contemplada explícitamente."
Así tendreis nuevos mártires para beatificar...
Escrito por Manu | Abril 27, 2005 10:48 PM
Posted on Abril 27, 2005 22:48
Me da la impresión de que el partido socialista aprueba estas iniciativas tan "llamativas" de cara a las encuestas de popularidad. No es que me parezcan bien o mal, pero me pregunto por ejemplo por qué una pareja heterosexual mayor de 35 años no puede adoptar en España. ¿No es esto discriminación? ¿Quién determina que no es bueno para un niño ser adoptado por una pareja mayor y en cambio sí lo es ser adoptado por una pareja gay? Personalmente opino que es bueno para un niño ser adoptado por adultos que le quieran. Punto. Sin consideraciones adicionales.
Escrito por criz | Abril 27, 2005 10:54 PM
Posted on Abril 27, 2005 22:54
Hemos tenido en este weblog un extenso y muy documentado debate sobre la homosexualidad en este enlace. Te lo lees si te apetece:
http://www.internetpolitica.com/archivos/000352.html
"Para la Iglesia católica ha de tener la misma consideración que los matrimonios civiles entre un hombre y una mujer".
Para la Iglesia tendrá la consideración que le dé la gana a la Iglesia, no sólo católica, sino la Evangélica, la Ortodoxa y los judíos que se han mostrado en contra. No estás solo en España, esto no es psoelandia.
El PP con mayoría absoluta, es decir, con el respaldo según tú de la mayoría de españoles ¿estaba abusando de su poder al meternos en la guerra de Irak? ¿Estaba abusando de su poder al emprender la reforma de la enseñanza? Eran decisiones de un gobierno con mayor respaldo que el actual.
Por último, haz el favor de respetar la ortografía catalana y cuando te dirijas a Mònica pones el acento inverso, si no te importa.
Escrito por Montse | Abril 28, 2005 10:08 AM
Posted on Abril 28, 2005 10:08
Imagino que debe haber algún tipo de malentendido en la idea que manejo de moral natural porque yo no detecto ninguna incoherencia. La moral natural no puede existir para el hombre porque la misma idea de moral es una construcción cultural. Sí, ya sé que soy un culturalista radical, pero esa es mi formación :-). Nace del mismo hecho que el hombre vive en un mundo interpretado necesariamente por criterios de valor y debe orientar su conducta gracias a normas que él mismo toma bien de su entorno ( situación heterónoma) bien fruto de su propio criterio (autónoma). El hecho de que se construya y se produzca históricamente no significa que sea irracional o no responda a principios o no pueda llegar a ser objetivable o sea completamente relativa. La fundamentación de la moral es un problema filosófico de primer orden que yo sólo conozco de refilón. No estamos hablando de Ratzinger y su visión apocalíptica de la dictadura del relativismo. No, no es esta la idea. Sino que nuestra comprensión de las cosas va creciendo a medida que nuestra(s) civilización(es) se desarrrollan, y que esto no remite a la completa circunstancialidad y al todo vale, sino al modo en el que el hombre puede llegar a intuir, asentar y alcanzar sus precarias verdades. Cualquier mirada a nuestra deambular demuestra cómo nos libramos del esclavismo, establecemos formas de poder democrático, alcanzamos la intuición de los derechos universales, creamos ideas de justicia, etc.
Por ejemplo en el caso del aborto el principio de protección a la vida me lleva a plantearme filosóficamente en qué punto puedo determinar si hay vida y cuándo no la hay. La protección a la vida es un principio objetivo de moral universal (en cuanto puede aplicarse a todo individuo), pero en ningún caso es un principio natural de moral, al menos tal como yo entiendo esos conceptos. Tampoco es una reivindicación de la preponderancia de toda cultura local, pues es posible establecer valores transculturales remitidos al individuo en cuanto ser humano, no en cuanto partícipe de una cultura particular. Vamos, una polémica típica del proyecto ilustrado. Por seguir en un modo de argumentación kantiano y en el caso del aborto: si me creo el imperativo categórico (nunca tratarás a una persona como medio sino como fin en sí mismo) estaría tratando a un organismo humano como un medio para realizar mi voluntad violando el hecho de que ese organismo es un fin en sí mismo. El problema pues es en qué momento, insisto, hay vida. Y este no es sólo un problema de fe. Una aproximación desde la ética aporta interesantes argumentos. Por ejemplo ¿qué derecho tengo yo para juzgar dónde empieza la vida e interrumpir procesos biológios autónomos que conducen necesariamente a un ser humano? También es cierto que yo como creyente no necesito acudir a la ética para censurar el aborto. Pero sí creo que como ciudadano de un estado no-cofesional debo acudir a ella para establecer debates con el resto de la sociedad que no tienen por qué compartir mis ideas religiosas.
Del mismo modo como católico más o menos observante acepto el magisterio de la Iglesia respecto a la censura de la homosexualidad, algo que personalemente no me incumbe porque hasta donde mi conciencia llega (y a falta de un perverso lacaniano o un acceso de subconsciente que me desmienta) soy un heterosexual de lo más vulgar. Pero en virtud de lo que he vivido y de lo poco (poquísimo) que sé me es imposible acudir a la experiencia o a principios éticos, antropológicos, culturales, etc. para censurar la homosexualidad, considerarla antinatural o encontrar argumentos aconfesionales que me hagan repugnar la medida del PSOE. Incluso encuentro aceptación en mi entorno católico inmediato (que incluye para mi sorpresa algún que otro ya entrado en edad y de perfil políticamente conservador que simplemente opininan que cada uno es libre para hacer lo que quiera y para casarse del modo que quiera mientras no lo hagan en una Iglesia).
Por último te agradezco que recuerdes ese link (http://www.internetpolitica.com/archivos/000352.html) en el que ya quedó expuesta mi opinión al respecto.
Un saludo.
Escrito por Pantagruel | Abril 28, 2005 12:44 PM
Posted on Abril 28, 2005 12:44
Un último punto. Cuando hablamos de rechazo aborto tampoco lo absolutizamos y sí que lo sometemos a cierta casuística circunstancial. ¿Es este el sentido de circunstancial y relativismo que se me censura? Por ejemplo (y ahora confieso que desconozco la doctrina concreta de la Iglesia al respecto), en el caso de daño a la madre me parece que es de recibo establecer excepciones, y permitir a la madre que elija si desea continuar con el embarazo o interrumpirlo.
Un saludo.
Escrito por Pantagruel | Abril 28, 2005 12:50 PM
Posted on Abril 28, 2005 12:50
Pantagruel, permíteme decirte (ahora que acabo de leerlo) que tu "último punto" es acertadísimo porque has intuido, en mi opinión, un punto clave en todas estas cuestiones. Responderlo... puede ser la leche, así que yo en este momento no me atrevo ni tengo tiempo. Creo que hay un aspecto absoluto y otro relativo o pragmático-experiencial, y que ambos se compatibilizan en la Iglesia desde ciertos puntos de vista (cada caso es un mundo etcétera). Quizás Montse sí pueda... Un cordial saludo :-D
Escrito por Andres Peral | Abril 28, 2005 1:02 PM
Posted on Abril 28, 2005 13:02
La decisión de permitir que las parejas del mismo sexo puedan contraer matrimonio la apoyan todos los Grupos Parlamentarios menos 1 (el segundo en número) y medio (el tercero). Más de 15 millones de españoles frente a poco más de 10 millones.
Sí, observé el debate. Me lo pasé muy bien con cada cosa que iba leyendo... Pero no me respondes (como es habitual).
Creía que la Iglesia Católica era la mayoritaria en España. Es además la que ha llamado a la objeción de conciencia. Por cierto, los argumentos jurídicos como es habitual te dan igual, ¿verdad?
Escrito por Manu | Abril 28, 2005 1:26 PM
Posted on Abril 28, 2005 13:26
¿Nadie de Vds conoce a Jesucristo?
Él es el co-creador del universo (cosmos) y del ser humano.Tiene mucho que decir sobre ambos: el mundo, las relaciones interpersonales y sociales, el modelo de sociedad... el hombre.
Él es el potencial Salvador del universo y del ser humano. Puede hacerlo todo para liberar a Sus criaturas de la esclavitud del pecado. Es el Único que puede realizar tal cosa.
Él es el Juez de toda la tierra. Tendrá mucho que decir y hacer cuando juzgue a todo hombre que durante su vida en este mundo Le rechazó como su Salvador personal=No Le quiso recibir como el Hijo de Dios que vino a este mundo en su día para efectuar la redención de los esclavos de Satanás, del pecado propio, así como de este injusto mundo (sociedad)= Le desoyó.
Quien conoce a Jesucristo (creyendo en Su Persona y entrando en una relación personal de confianza y unión con Él, y aceptando para la aplicación a sí mismo los méritos que Él obtuvo en la cruz, como Substituto ante la Justicia Divina) tiene resuelto este y otros debates similares. Esto presupone el reconocimiento previo de la necesidad personal, sobrevenida a causa del pecado propio, y el arrpentimiento respecto al mismo (metanoia = cambio de mentalidad). Verse realistamente (dejar de ser ciego), y desear el cambio -personal- en primer lugar, y por ende, social.
Reconocerse pecador (alguien que no obra lo que es justo y bueno: para sí, y para los demás), incapaz de autorreformarse (perdido), abocado a la frustración más espantosa (cuando le sean quitados los "juguetes" con que ahora se entretiene), y necesitado de una salvación originada externamente a uno mismo, pero efectuada interiormente, objetivable (manifestada en la conducta), poderosa (capaz, exitosa)y gloriosa (generadora de la más genuina, benéfica y cabal satisfacción, gozo, realización personal y social y verdadera alegría disfrutada en la verdadera libertad : la auténtica vida).
Él dijo a una mujer samaritana que había ido al pozo de Jacob (en Siquem, en el monte Jerizim, en Samaria)a buscar agua bajo el aplastante sol del medio día, porque evitaba ser vista por sus vecinos a causa de su vida en público pecado (vivía con un hombre que no era su marido): "Todo el que beba de esta agua, volverá a tener sed. Pero el que beba del agua que yo le dé, nunca jamás tendrá sed" (Ev. Juan 4:13,14).
Jesús (que es Dios) creó el matrimonio entre hombre y mujer (ésta, como ayuda idónea para aquél, siendo realizados ambos más plenamente al complementarse el uno al otro, de forma mutua, Génesis 2). Él reprueba (condena) la homosexualidad: en realidad la ha permitido como prueba (y retribución) de la necedad del hombre, que habiendo conocido a Dios al principio de su andadura (como raza, como el colectivo que es la humanidad), decidió no honrarle ni darle gracias como corresponde a Dios,(Romanos 2: 18-32).
Esa es la diferencia.
Escrito por lhc | Mayo 3, 2005 2:57 AM
Posted on Mayo 3, 2005 02:57
Apreciado lhc. Tú sabes tan bién como yo que no hay ninguna declaración explícita de Jesús en contra de la homosexualidad y que éstas se INTERPRETAN trazando analogías con otros casos y pasajes. Las citas de San Pablo deben ser convenientemente contextualizados pues muchas de sus recomendaciones son meramente circunstanciales y no debe deducirse de ellas una postura general ni doctrina de fe. Sin embargo, el sentido de mi intervención va dirigida a mostrar que hay lecturas teológicamente serias que no observan ningún tipo de censura a la homosexualidad en el Nuevo Testamento o en todo caso presentan la moral sexual como un tema sujeto a variaciones históricas que en ningún caso deben afectar al núcleo de la fe. Un vistazo al tema en internet puede darte un panorama de opiniones multicolor. Recomiendo algunos links tras una sencilla búsqueda en Google.
http://www.cristianshomosexuals.org (con varios documentos y noticias, especialmente el referido a http://www.goethe.de/HN/BOG/rosa/2004/spconferencias4.htm)
http://enkidu.netfirms.com/articles/2003/200503/ENKIDU_010_200503.htm
http://www.pastoralsida.com.ar/sexualidad/walterwink.htm
Si sabes inglés puedes pasarte por los recursos de http://www.gaycatholicforum.org
La síntesis de la postura oficial católica la encuentras aquí
http://es.catholic.net/temacontrovertido/330/1745/articulo.php?id=122
y con más artículos en
http://www.aciprensa.com/Familia/homosex-index.htm
Escrito por Pantagruel | Mayo 3, 2005 12:38 PM
Posted on Mayo 3, 2005 12:38
Pantagruel, estooo... El Nuevo Testamento en su práctica totalidad presenta a Jesús como "la plenitud de la Ley", es decir, que viene a darle cumplimiento total sin moverle ni una coma. La Ley (Torah), ya lo sabes, es básicamente la primera parte del Antiguo Testamento. No hace falta que entre en los detalles de cómo se condena ahí la sodomía, cuyo nombre proviene de la ciudad castigada por las costumbres de sus habitantes... Y en cuanto a la presentación en el NT de la moral sexual como algo coyuntural e histórico, no sé cómo encaja en esa "lectura teológicamente seria" la condena de Jesús a la fornicación incluso en pensamiento, que me parece a mí deja poco hueco a interpretaciones flexibles, ni siquiera con la sexualidad "naturalmente" entendida...
En fin, dicho sea zin akritú...
Escrito por Andres Peral | Mayo 3, 2005 4:50 PM
Posted on Mayo 3, 2005 16:50
a los neo-objetores solo recordarles que hasta hace poco tiempo teniamos nuestras propias leyes que regulaban el derecho de objecion de conciencia ( para el cumplimiento del servicio militar )
si bien esas leyes estan ahora derogadas basta desempolvarlas cambiando los epigrafes y donde se refieran a "servicio militar" por "servicio civil" y reinstaurando los organismos ad hoc correspondientes ->el "consejo nacional de objeccion de conciencia" (*)
recordemos entonces que; por ley organica 8/84 en su articulo 1 se reconoce el derecho a objetar (del servicio militar) a cambio de prestar una sevicio social sustitorio
y en su articulo 2 se estipulan penas de prision e inhabilitacion absoluta para quien incumpla dichja prestacion sustitutoria (ley cortita clara y concisa, solo dos articulos!!!)
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo8-1984.html
la prestacion social sustitutoria se desarrolla en la ley 48/84 , la 22/98 y rd 700/99
que resumiendo estipula que la condicion de objetor se adquiere tras aprobacion de peticion expresa por adelantado (denegable o no) al organo correspondiente(*)
que la prestacion se cumplira en regimen de dedicacion absoluta y en entidades "colaboradoras" designadas por (*)
prestacion que sera desarrollada exclusivamente en las areas de :servicios sociales y, en particular, los que afecten a la acción comunitaria o familiar, protección de menores o adolescentes, tercera edad, personas con discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales, minorías étnicas, prevención de la delincuencia, reinserción social de alcohólicos, toxicómanos y ex-reclusos y promoción de hábitos .. etc etc...... ver los links:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r0-l48-1984.html
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l22-1998.html
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd700-1999.t2.html
Con estos antecedentes legales sobre "la objecion" veremos cuantos alcaldes (cuantos servidores publicos , electos o de carrera) se deciden a objetar si ello implica el obligado cumplimiento de una prestacion social sustitoria ---->(dedicacion exclusiva y con remuneracion minima -> a barrer el ambulatorio ) , cuando "en conciencia" se vean imppelidos a incumplir leyes o reglamentos.....
claro que tambien es posible que la ppretension de los "neo-objetores" sea aplicar la ley del embudo y que la ley que antes era tan adecuada y correcta (no conozco ningun comentario de la conf episcopal al respecto de la LO 8/84) se olvide alegremente y que la objeccion se convierta en un "estatus de obJETOr" (de adopcion sobrevenida), que consista finalmente en un "alapatalallana" para que los servidores publicos (mas los electos que el funcionariado) ejecuten solamente las tareas que les salgan de la conciencia hacer y pasar tranquilamente del resto
(en pocas palabras convertir la virtud de la objecion en el vicio de utilizar la res-publica como chiringuito partidista , en vez de como servicio al ciudadano)
salud
Escrito por scriptkonomicon | Mayo 3, 2005 9:18 PM
Posted on Mayo 3, 2005 21:18
Humm Andrés. Pues Jesús mueve algunas comas precisamente para escándalo de los fariseos, como ya sabes en el asunto del Sabbath. Y la misma comunidad primitiva se salta algunas comas de la Ley para darle plenitud como en el tema de los alimentos y en la necesidad de la circuncisión (la polémica de base del Concilio de Jerusalén). Dicha esta rectificación también sin acritud :-).
La idea básica como siempre es que el hombre no está hecho para la Ley, sino la Ley para el hombre, y que la Nueva Alianza ilumina aspectos que la práctica legalista inspirada en la Torah había esclerotizado hasta desvirtuarla.
Volviendo a los enlaces. Lo que se propugna en esas lecturas "teológicamente serias" es que los pasajes destacados lo que se condena no es la homosexualidad entendida como amor entre adultos de ambos sexos sino que sirve para mostrar una condena sobre asuntos de mayor relevancia que la mera contingente relación sexual citada a modo de ejemplo; en otros casos son deficientes traducciones.
El caso típico es la lectura de Ro 1: 26-27 en lo que se subraya no es tanto la condena de la homosexualidad femenina, sino que San Pablo toma el ejemplo de conductas desordenadas para censurar ese mismo desorden en los heterosexuales ver ( http://www.cristianshomosexuals.org/ARXIU/REFLEXIONS/Pero%20la%20Biblia%20dice.doc ) También se puede ver el debate a propósito de las citas bíblicas en http://www.cristianshomosexuals.org/castella/documentos/nuevotestamento.htm ).
De todas formas, lo que quería indicar es que hay otras lecturas posibles de los textos que habitualmente se presentan como condenas claras de la homosexualidad. Las presentaba nada más que por discusión intelectual y por prurito hermenéutico, ya que para cualquier persona que sepa un mínimo de problemas de interpretación sabe que ningún texto dice nada fuera del horizonte de espectativas en que se lee y de los prejuicios de los que se parte; en fin que las lecturas evidentes, obvias, definitivas, etc. no son ni mucho menos tan evidentes, obvias, definitivas, etc. De ahí como tú y yo sabemos la importancia del magisterio de la Iglesia para orientar y conservar la correcta lectura del Evangelio y (añado yo) la importancia del debate teológico aun para equivocarse. Por tanto, la invitación a la lectura de las interpretaciones disidentes no son más que una ilustración del debate desde una perspectiva cristiana general y para prevenir de la rigidez de los presupuestos que se dan por demasiado asumidos. Igualmente, esa invitación era por si lhc no es católico y por tanto no está al tanto tanto de las posturas oficiales de la Iglesia Católica como de los debates que esa postura suscita en el ámbito de las Iglesias cristianas y de investigaciones teológicas prohomosexuales tanto en el ámbito de las Iglesias reformadas como en el seno del propio catolicismo.
En fin. Compruebo una vez más que acabamos abundando en algo que ya discutimos anteriormente (esto parece el eterno retorno) y que nos aparta del tema central del post que era la objección de conciencia. De todas formas se agradece esta especie de debate en plan Guadiana con sus meandros dispersos, sus ojos impredecibles y sus pausas. Así que supongo que lo correcto es esperarnos en el próximo offtopic.
Escrito por Pantagruel | Mayo 3, 2005 9:39 PM
Posted on Mayo 3, 2005 21:39
jajajajaja... Pantagruel, es cierto, nos metemos en off topics y discutimos sobre el sexo de los ángeles cuando lo esencial es otra cosa... en lo esencial me parece que estamos totalmente de acuerdo, y puntualizas bien al señalar que San Pablo, aparte otras interpretaciones, pone el acento sobre las conductas desordenadas y su efecto sobre la persona, y no tanto en el "hecho en sí". También es verdad que Jesús como "plenitud de la Ley" la convierte en un hecho de vida y no en una condena segura del hombre (que por sí solo no puede cumplirla, necesita a Dios). Siguiendo esa línea catequética, la conclusión obvia es que yo "Andrés" soy condenado por la Ley tan al mismo nivel que un homosexual, porque mis pecados tengo; no soy mejor que nadie (es un hecho ;-). Al final, "ama y haz lo que quieras" (¿fue San Agustín quien lo dijo?... ahora no lo recuerdo).
Sin embargo, la Ley no está para ser ignorada, sino para señalar lo que no está bien, lo desordenado: aquello que nos destruye como personas -y que alegremente preferimos como pecadores que somos-, a corto o a largo plazo, clara o sutilmente. La Ley veterotestamentaria no queda abrogada por Jesús. Y bueno, su posición respecto de la homosexualidad, entre otras muchas cosas, es muy clara. Pero haces bien en recordar que "el sábado se hizo para el hombre, no el hombre para el sábado". En última instancia nuestra conciencia nos indica dónde está el amor de Dios, o sea, la "plenitud de la Ley" (para el tema de la conciencia en el catolicismo, este artículo me ha parecido bastante aclarativo: http://www.iveargentina.org/Foro_SAlfonso/Articulos/conciencia_ver_spl.htm).
A mi respuesta zin acritú me llevó la apariencia de ligereza de tu respuesta a lhc... Ya sé que contigo las apariencias no valen, Pantagruel... :-) Sin embargo, creo que no es demasiado off topic, pues hemos vuelto a la conciencia como aspecto clave...
Escrito por Andres Peral | Mayo 4, 2005 11:37 AM
Posted on Mayo 4, 2005 11:37
Skriptonomicon, sólo un par de comentarios. La objeción de conciencia es un derecho constitucional, así que si no está reglado, los poderes públicos están obligados a respetarlo de todos modos. Y si está reglado, ¿quién se niega a una prestación social sustitutoria? No pongas el parche antes de la herida, podrías llevarte una sorpresa. Entre otras cosas, porque la inmensa mayoría de los alcaldes y concejales (porque hay más municipios pequeños y medianos que grandes en nuestro país) no cobran o tienen una remuneración ridícula que tienen que compensar currando en otros sitios para no morirse de hambre. Así que no perderían demasiado con una PSS, quizás hasta ganarían, si está pagada. Además, el concepto de PSS ya lo cumplen en muchos sentidos: porque el suyo es un servicio público. Otra cosa es el caso de los funcionarios de carrera, pero seguro que también se podría regular.
A mí lo que me sorprende es que los ultradefensores durante tantísimos años de la objeción de conciencia en el servicio militar (desde instancias políticas y asociativas de "izquierda") sean ahora los que más ponen en duda el derecho a la objeción de conciencia. Recuerdo también que la PSS era fuertemente criticada por estos mismos colectivos. Y sé perfectamente, porque lo he visto de cerca, que la PSS era en realidad un servicio "alapatalallana" para la mayoría de los objetores (seguro que conoces a más de 1 y de 10 que han estado trabajando al mismo tiempo que hacían la prestación, o que se dedicaban a sestear en ella casi todo el tiempo; al igual que conocerás bastantes excepciones a la regla, que también las había).
Escrito por Andres Peral | Mayo 4, 2005 11:37 AM
Posted on Mayo 4, 2005 11:37
Dilige, et quod vis, fac (Ama y haz lo que quieras) Frase enorme y polémica. Personalemente mi cita favorita de San Agustín es "pondus meus, amor meus", lo que yo valgo (mi peso) es cuanto amo; este es un pequeño y famoso apotegma de sus Confesiones que fueron una de esas lecturas que marcaron mi adolescencia, un libro en fin de los que la gente suele guardarse muy íntimo. Desarrollando la idea de San Agustín y cerrando hilo por mi parte acudo a otra cita neotestamentarias axiales (y que forma parte de una conocida canción de misa): "Como el Padre me ha amado, así os he amado yo. Permaneced en mi amor" (Jn 15,9). Cuando la conciencia no puede permanecer en ese amor, es lícito que objete y mucho más lícito que reclame ese derecho en un ordenamiento liberal. Lhc seguro que estaría contento de esa mención, que dicho sea de paso no menciona la orientación sexual de ese amor.
Un abrazo.
Escrito por Pantagruel | Mayo 4, 2005 2:21 PM
Posted on Mayo 4, 2005 14:21
Yo voy a ejercitar la objeción de conciencia contra los sacerdotes, obispos, cardenales y el Papa Ratzinger por pederastas o, en todo caso, por encubridores de pederastas. Asimismo ejercitaré la objeción de conciencia contra los fascistas del PP, porque las instituciones que gobiernan (Comunidades Autónomas, Ayuntamientos) me cobran impuestos que no me da la gana de pagarles, pues son los primeros en incumplir las leyes. Por último, voy a ejercitar la objeción de conciencia frente a ultraderechistas como los de esta página web, porque alardean de no ser homosexuales, cosa que ciertamente dudo, porque la homofobia que practican suele ser una forma de disimulo de maricones que quieren ocultar su escondida inclinación sexual.
Escrito por Isegor | Mayo 20, 2005 5:47 PM
Posted on Mayo 20, 2005 17:47
Tú lo que tienes es una dosis de aburrimiento de campeonato. Envías un comentario anti y otro a favor en otro post (eres el Mariolino de este comentario http://www.internetpolitica.com/archives/000291.html#930
)
¿Harás el favor de irte por ahí con viento fresco a ver si te entretienes con una tiza, memo?
Se agradece que nadie responda a provocadores de este tono.
Escrito por Montse | Mayo 20, 2005 6:24 PM
Posted on Mayo 20, 2005 18:24
Soy estudiante de la carrera de derecho de la Universidad Católica Bolivia San Pablo de La Paz, Bolivia, muy contento de haber leído esta publicación, por favor pido se me remita toda información posible que pueda enriquecer mis conocimientos en esta ciencia que es el Derecho.
Gracias.